Dice el Código de Derecho Canónico que los catecúmenos son “aquellos que, movidos por el Espíritu Santo, solicitan explícitamente ser incorporados a la Iglesia, y que por este mismo deseo, así como también por la vida de fe, esperanza y caridad que llevan, están unidos a la Iglesia, que los acoge ya como suyos” (CIC 206 § 1).
Diligenciar el "Formato de Inscripción".
Diligenciar el formato "Declaración acerca del Catecúmeno" se realiza ante el párroco o notario eclesiástico que dan fe de la no recepción de los sacramentos; esta debe ser de un testigo que pueda dar fe de las circunstancias por las cuales el candidato nunca recibió el sacramento del bautismo (Padre, Madre o parientes cercanos).
Copia original de registro civil de nacimiento del candidato con fecha de expedición no mayor a 90 días.
Fotocopia de la cédula y/o tarjeta de identidad del candidato ampliada al 150%.
Fotocopia del registro civil de nacimiento de los padres del candidato (o copia original de la partida de matrimonio y/o de bautismo con fecha de expedición no mayor a 90 días).
Declaración Juramentada del estado civil actual del candidato (para mayores de 18 años) ante Notario Público, en el que se debe especificar si es soltero, si es casado o si se encuentra en en unión marital de hecho; expresar que no ha contraído matrimonio civil ni religioso ni por ningún otro rito, o si lo ha hecho, hay que dejarlo expreso en dicha declaración.
Carta de petición personal de los sacramentos donde se menciona por qué quiere recibir los sacramentos de iniciación cristiana.
Carta de presentación de la parroquia que remite el candidato.
Tres certificados negativos de bautismo: de la parroquia donde nació el candidato, donde ha vivido y donde vive actualmente.
Fotocopia de la cédula de los padrinos de bautismo (legible, para tomar datos).
Para casos particulares, otros documentos que puedan ser necesarios.
Los documentos son necesarios para tener plena certeza que el candidato no ha recibido los sacramentos en otra parroquia, y así mismo para redactar de forma correcta el Decreto Vicarial que le ordena a la parroquia asentar la información en el respectivo Libro de Bautismo